¿Qué índice aplica a mi contrato?
Lo que manda es tu contrato. Esta guía te ayuda a encontrar el dato y a cargarlo bien en la calculadora.
1. Buscá la cláusula de ajuste
Suele llamarse “actualización”, “ajuste” o “precio”. Buscá tres cosas:
- el índice (ICL, IPC, CER, UVA u otro);
- cada cuánto se ajusta (3, 4, 6 o 12 meses);
- desde qué fecha se cuenta.
Si es IPC, fijate también qué meses toma: los últimos publicados o los meses calendario anteriores (el “desfase”).
2. Si no lo dice claro, mirá la fecha de firma
| Contrato firmado | Qué decía la norma (vivienda) y si la calculadora lo calcula |
|---|---|
| Del 01/07/2020 al 17/10/2023 | Ley 27.551: ajuste anual con ICL (BCRA). Calculadora: sí, ICL cada 12 meses. |
| Del 18/10/2023 al 28/12/2023 | Ley 27.737: cada no menos de 6 meses, coeficiente con CVS (INDEC) y CER (BCRA). Calculadora: no, ese coeficiente todavía no está. |
| Desde el 29/12/2023 | DNU 70/2023: índice y periodicidad los acuerdan las partes. Calculadora: sí, si es ICL, IPC, CER o UVA, cada 3, 4, 6 o 12 meses. |
Las fechas salen de la vigencia de cada norma. Que un contrato siga con las reglas vigentes al firmarlo es la interpretación habitual (art. 7 del Código Civil y Comercial), no algo escrito en una sola norma. Si tenés dudas, consultá con un profesional. Detalle de cada norma →
3. Casos que la calculadora no cubre
- Contratos que ajustan por un índice privado, por el CVS o por un porcentaje fijo.
- Contratos en dólares u otra moneda.
- Cláusulas con redondeos, topes o pisos.
En esos casos, la calculadora no te va a dar el número exacto.
4. Cargalo en la calculadora
Con el índice, la frecuencia y la fecha de inicio ya tenés todo. Si querés ver cómo se comportaron los índices, mirá la comparación de ICL, IPC, CER y UVA.
Preguntas comunes
Mi contrato dice ICL pero lo firmé en 2024, ¿vale?
Desde el 29/12/2023, el art. 1199 del Código Civil y Comercial (texto del DNU 70/2023) permite pactar cualquier índice público o privado, expresado en la misma moneda del alquiler. Si el contrato dice ICL, se usa ICL.
¿Y si el índice deja de publicarse?
El art. 1199 dice que, si el índice elegido deja de publicarse durante el contrato, se usa un índice oficial de características similares que publique el INDEC, si el precio está en pesos.
Fuente: art. 1199 del Código Civil y Comercial, texto actualizado en InfoLEG.